Alquiler turístico

¿Porque aparecen los terminos «AT & VFT» en la Web?


Si has buscado entre nuestros alojamientos habrás visto que en todos pone al final o bien AT, o bien VFT. Señalamos así nuestros alojamientos para diferenciar los Apartamentos Turísticos (AT) de las Viviendas con Fines Turísticos (VFT). Aparentemente no hay mucha diferencia entre los dos y nosotros tratamos ambos con el mismo cariño. Pero ante la ley si son diferentes.

¿Qué diferencia hay entre el apartamento turístico y la vivienda con fines turísticos?

Los AT son alojamientos que únicamente se pueden destinar al alquiler turístico, formando parte de un grupo «conjunto» y como actividad profesional. HOMA RENTALS registra los diferentes grupos para propietarios privados de apartamentos turísticos para poder alquilarlos legalmente y con garantías. La actividad de apartamentos turísticos (AT) está sujeta al 10% de IVA, incluido en todos los alquileres.

Los VFT son alojamientos residenciales que se destinan total- o parcialmente al alquiler turístico. Son de propiedad privada e individualmente registrados para su actividad en turismo. HOMA RENTALS medía el alquiler entre el huésped y el propietario de un alojamiento registrado, para así dar la máxima garantía y servicio a ambos. El alquiler de una vivienda VFT se cierra con un contrato entre el propietario y el huésped y la factura generada por el propietario está exento de IVA.

La placa identificadora de AT, los VFT no lo necesitan.

¿No hay más diferencias?

Si que hay pero son menos significativos. En general los apartamentos turísticos, al tratarse de una actividad profesional, tienen más normativa. Pero como ya dijimos antes, al tratar todos nuestros alojamientos con el mismo cariño, todos cumplen los requisitos de ambos tipos. Abajo dejamos el enlace a la normativa por si tuviera más interés en leer sobre este tema.



Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *